Resolución General Conjunta Nros 5399 y 5399 (A.F.I.P. y A.N.Se.S.) (B.O. Nº 35.228 del 2023-08-08)
Ley N° 27.203. Actividad actoral. Procedimiento para la liquidación de cargos por aportes omitidos.. Se establece que, a los efectos de informar la base imponible de los aportes personales en el marco de la Ley N° 27.203 y sus normas reglamentarias y aclaratorias, en los casos de servicios prestados con anterioridad a la vigencia de la misma, de acuerdo con lo dispuesto en su artículo 18, la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) tomará la remuneración... >
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Un contribuyente de 61 años cesa en su actividad comercial, dándese de baja en IVA, ganancias y en autónomos, y se da de alta en el Monotributo por la locación de un inmueble como no Aportante. ¿Puede en este caso, optar por seguir pagando autónomos por el régimen general?
Para poder realizar aportes voluntarios como autónomos tiene que tener menos de 55 años de edad. Cuando quiere dar el alta, el sistema controla la edad y no le permite avanzar. Podría ser monotributo, es decir modificar su condición a Aportante Activo y hacer el aporte de jubilación y de obra social... >
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En el caso de un monotributista que solicita la condonación de su deuda, ¿esto puede influir al momento de solicitar su jubilación? ¿Esos meses condonados puede impedirle jubilarse?
Si condonan la deuda, no se tomaría como período de aporte al sistema para el momento de jubilarse, pero en la normativa no hay nada sobre el tema planteado.
Si la condonación abarca intereses, sirve porque capital está pago. >
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El 5 de diciembre de 2016 comienza a vencer el plazo para que los trabajadores autónomos efectúen el pago mensual correspondiente al devengado noviembre.
Cabe recordar que a partir de este mes, los trabajadores autónomos encuadrados en las categorías III y III' deberán efectuar sus pagos mediante transferencia electrónica de fondos (VEP) o débito automático en cuenta o tarjeta de crédito.
Ello en virtud de lo establecido por la Resolución General N° 3936 (B.O. del 14/09/2016).
La Administración Federal de Ingresos Públicos, mediante el dictado de dicha norma modificó... >
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¿Una persona que aporta a la caja de odontólogos para la jubilación, tiene también que pagar autónomos si se inscribe como responsable inscripto en IVA?
Al estar obligado a aportar a una caja previsional para profesionales, la afiliación al régimen de trabajadores autónomos es voluntaria, es decir no está obligado a inscribirse en autónomos. >
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¿Una persona física que va a realizar como única actividad un loteo con fines de urbanización, está obligado a inscribirse en Autónomos?
Si se trata de un loteo con fines de urbanización, comprendido en el artículo 49 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, al tratarse de una renta de tercera categoría, el contribuyente se encuentra obligado a darse de alta en el régimen de trabajadores autónomos, debiendo encuadrarse en la tabla III. >
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Un contribuyente resp. inscripto que se jubila, pero continúa con la misma actividad, ¿dentro de qué categoría de autónomos debe recategorizarse?
En este caso correspondería encuadrarlo en la Tabla IV, Categoría I.
Asimismo, al momento de reempadronarlo debe aparecer automaticamente, dentro de "Sistema Registral", opción "Empadronamiento de Autónomos", la leyenda "Jubilado:SI". >
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¿Existe un plan de facilidades de pago para regularizar deuda de autónomos de los períodos 2004-2007?
Actualmente se encuentra vigente el plan de facilidades de pago permanente de la Resolución General Nº 2774, el cual prevé para la regularización de deudas de los trabajadores autónomos (plan general) hasta 20 cuotas, con un interés de financiación del 2% y una cuota mínima de $ 150. >
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1. NOVEDADES TÉCNICAS
1.1. Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Mediante la Disposición Nº 186/2010 la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires dispuso que todos aquellos que deseen formar parte del listado de Administrador de Consorcios con Carácter Oneroso, deben realizar un curso de capacitación para tal tarea. El Consejo Profesional de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires elevó una nota al Sr. Director Juan Manuel Gallo, recordando la incumbencia del... >
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{ “FISCO NACIONAL A.F.I.P. c/MARINO, JOSÉ BENITO s/INCIDENTE DE REVISIÓN” }
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL, 06/05/2008
La Excma Cámara de Apelaciones en lo Comercial, Sala Segunda, del Departamento Judicial de Mar del Plata, en reciente fallo del 6 de mayo de 2008, en autos “Fisco Nacional Administración Federal de Ingresos Públicos c/Marino, José Benito s/Incidente de revisión”, le dio la razón al fisco en su pretensión de verificar en el pasivo concursal la deuda proveniente de la falta de pago de los aportes de autónomos del concursado,... >
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